Usted no es solo un número de cuenta; es un consumidor financiero amparado por la ley colombiana. La Ley 1328 de 2009 (Estatuto del Consumidor Financiero), junto con el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), establece un marco de protección consumidor que obliga a los bancos Colombia y a las entidades de crédito a tratarlo con respeto, transparencia y equidad.
En Robin Hood Asociados Colombia, nuestra misión es que usted sepa que tiene una voz y que esa voz tiene respaldo legal. Un deudor informado es un deudor que se defiende con éxito. Le presentamos los cuatro derechos que usted debe exigir siempre.
Derecho a la información clara, oportuna y transparente
Este derecho es la base de toda relación financiera. La entidad está obligada a darle información completa sobre los productos que contrata.
- Conozca la "Letra Chiquita": Usted tiene derecho a recibir el texto completo del contrato, incluyendo todas las cláusulas y condiciones. Las entidades no pueden sorprenderlo con cláusulas abusivas que limiten sus derechos de deudor.
- Tasas y Cargos: Antes de firmar, el banco debe informarle claramente sobre la tasa de interés efectiva, los seguros obligatorios, los costos de la transacción y las comisiones. Si esta información no fue clara, su abogado puede usar este vicio para su defensa financiera.
Derecho a la atención oportuna de quejas y reclamos
Si usted detecta un error, un cobro indebido o un mal servicio, la entidad financiera tiene el deber legal de responderle en los tiempos y la forma que exige la ley.
- Peticiones y Quejas: El banco debe contar con un Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) para atender sus solicitudes.
- Defensor del Consumidor Financiero (DCF): Todas las entidades deben tener un DCF, que es la primera instancia neutral para resolver conflictos antes de escalar a la Superintendencia Financiera. Su abogado puede canalizar reclamos a través de esta figura para agilizar la corrección de errores.
Derecho a la protección contra la cobranza abusiva
La Ley 1328 y la reciente Ley 2300 de 2023 limitan el poder de cobro de los bancos y las casas de cobranza. Su defensa financiera incluye el derecho a la intimidad.
- Límites de Horario: Las entidades no pueden contactarlo a horas inapropiadas, es decir, solo pueden hacerlo de lunes a viernes (entre 7:00 a.m. y 7:00 p.m.) y sábados (entre 8:00 a.m. y 3:00 p.m.).
- Vías de Contacto: El banco debe respetar el canal de contacto que usted autorizó y no puede contactar a sus referencias personales o laborales sin su consentimiento explícito y previo.
Si el banco viola estas normas, usted puede denunciarlo por violar sus derechos de deudor.
Derecho a la segunda oportunidad (Ley de Insolvencia)
Este es quizás el derecho más robusto. Cuando el sobreendeudamiento es insostenible, la ley le garantiza una salida digna y legal.
- Reorganización Legal: Usted tiene derecho a acogerse a la Ley de Insolvencia para Persona Natural No Comerciante, que le permite detener embargos y negociar un nuevo plan de pago con la mayoría de sus acreedores.
- Extinción de Deudas: Si no logra un acuerdo, la ley le permite liquidar sus bienes y extinguir el saldo restante de la deuda. Es la puerta legal para empezar de cero, amparado por el Estado.
Usted es un consumidor financiero y sus derechos de deudor están protegidos por la Ley Colombia. No permita que los bancos Colombia o las casas de cobranza lo traten como un número. Con la asesoría legal correcta, usted puede utilizar la Ley 1328 y el Estatuto del Consumidor para impugnar cobros, detener abusos y avanzar hacia su defensa financiera.
💼 ¿Siente que sus derechos de consumidor financiero están siendo vulnerados?
En Robin Hood Asociados Colombia, somos su asesoría legal para combatir el abuso bancario. Le ayudamos a presentar quejas, reclamar cobros injustificados y usar la ley a su favor.
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