Demanda de Cobro: ¿Cómo lograr la prescripción judicial de su deuda?

6 de noviembre de 2025 por
Demanda de Cobro: ¿Cómo lograr la prescripción judicial de su deuda?
Vivian Namay

Una cosa es que la deuda prescriba (la obligación de pago en general) y otra, mucho más poderosa, es que la demanda de cobro o el proceso ejecutivo ya iniciado prescriba judicialmente. Cuando un banco inicia una demanda de cobro, el reloj no se detiene solo para el deudor; el banco también tiene la obligación de actuar.

Si un proceso judicial se paraliza por la inacción del demandante (el banco), la Ley Colombia le da al deudor el derecho de pedir la prescripción judicial del proceso, lo que termina la demanda y el embargo. En Robin Hood Asociados Colombia, convertimos la negligencia del acreedor en su defensa legal.

El Concepto Clave: La Prescripción Extrajudicial vs. Judicial

Es vital diferenciar estos dos conceptos que le dan derechos de deudor:

  • Prescripción Extrajudicial (Deuda): Es el tiempo que tiene el banco para presentar la demanda (generalmente 3 años para un título valor). Si el banco no demanda, la acción cambiaria prescribe.
  • Prescripción Judicial (Demanda): Es la figura legal que se aplica cuando la demanda ya fue presentada, pero el proceso queda quieto, sin que el banco realice los actos procesales necesarios (como solicitar la liquidación del crédito o impulsar el embargo) durante un tiempo prolongado.

El Plazo Mágico: 5 Años de Inactividad Procesal

El Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) establece claramente que la demanda de cobro puede prescribir judicialmente, lo que se conoce como Perención o Desistimiento Tácito o, en algunos casos, Prescripción Extintiva de la obligación dentro del proceso.

  • La Regla de Oro: Si la demanda ejecutiva o de cobro queda inactiva o paralizada porque el acreedor (el banco) no ha impulsado la continuación del proceso durante cinco (5) años, el deudor tiene el derecho de solicitar la prescripción judicial.
  • La Carga de la Prueba: La responsabilidad de mantener viva la demanda recae exclusivamente en el banco. Si el banco no ha realizado ningún acto útil para avanzar en el proceso (como notificar un auto, solicitar una medida de embargo, o pedir una nueva liquidación del crédito) en esos 5 años, usted tiene una poderosa defensa financiera.

El Resultado: Extinción Total de la Obligación

Si su abogado de asesoría legal logra demostrar que el proceso ha estado en inactividad procesal durante más de 5 años, el resultado es el más beneficioso para su ahorro deuda:

  • Terminación de la Demanda: El juez debe declarar la prescripción judicial de la acción ejecutiva. Esto significa que la demanda y el posible embargo terminan.
  • Extinción del Título: La decisión judicial suele extinguir el título valor (el pagaré) que dio origen a la demanda. Con el pagaré anulado, el banco pierde la base legal para volver a demandarlo por esa misma vía.

Este mecanismo es una excelente herramienta de defensa legal para deudas que llevan muchos años en los despachos judiciales.

No asuma que una demanda de cobro es una sentencia final e inamovible. Si el banco ha sido negligente y ha permitido que el proceso quede quieto por cinco años, usted tiene el derecho de deudor de exigir la prescripción judicial. La inacción del acreedor se convierte en la oportunidad para su defensa financiera y su ahorro deuda total.

💼 ¿Tiene una demanda de cobro antigua que parece no avanzar? 

En Robin Hood Asociados Colombia, revisamos el historial procesal de su demanda de cobro para detectar la inactividad. Somos expertos en prescripción judicial y defensa legal para lograr la extinción de su deuda. 

📲 Contáctenos hoy y dé el primer paso para terminar con ese viejo proceso.