Deudas en dólares: Cómo se liquidan al entrar en mora en Colombia

24 de marzo de 2026 por
Deudas en dólares: Cómo se liquidan al entrar en mora en Colombia
Vivian Namay

El Artículo 874 del Código de Comercio de Colombia es la brújula en este tema. Establece que, a menos que se haya pactado lo contrario de forma muy específica (y legalmente permitida), las obligaciones pactadas en moneda extranjera se cubren en moneda legal colombiana.

1. La Regla de la TRM (Tasa Representativa del Mercado)

Si usted debe 1.000 dólares y entra en mora, el juez no le pedirá los billetes verdes. La liquidación se hace así:

  • Fecha de Pago: La deuda se convierte a pesos colombianos utilizando la TRM vigente al día en que se realice el pago efectivo.
  • Riesgo Cambiario: Esto significa que si el dólar sube mientras usted está en mora, su deuda en pesos también sube. El "castigo" por la mora incluye asumir la devaluación del peso.

2. Intereses en moneda extranjera

Aquí es donde muchos bancos y prestamistas cometen errores que Robin Hood Asociados aprovecha para vuestra defensa:

  1. Tasas Máximas: No se pueden aplicar las mismas tasas de usura del peso a una deuda en dólares. El Banco de la República y la Superintendencia Financiera regulan topes específicos para créditos en divisas.
  2. Doble Castigo Prohibido: No se puede cobrar una tasa de interés altísima y, además, pretender una indexación adicional por inflación si ya se está ganando por la subida del dólar.

3. ¿Qué pasa en una demanda judicial?

Cuando un acreedor presenta una demanda ejecutiva por una deuda en euros o dólares:

  • Mandamiento de Pago: El juez ordena pagar la suma en la moneda extranjera o su equivalente en pesos a la TRM de la fecha del pago.
  • Embargos: Los embargos de sus cuentas siempre se harán en pesos colombianos, calculados con la TRM del día en que se decreta la medida cautelar.

4. Estrategias de Robin Hood Asociados

En nuestro programa "Paga tu Deuda", manejamos estas obligaciones con pinzas quirúrgicas:

  • Negociación de "Tasa Fija": Buscamos acuerdos donde el acreedor acepte congelar el valor del dólar a una fecha pasada para que vuestro pago en pesos no siga subiendo con el mercado.
  • Auditoría Cambiaria: Verificamos que el préstamo haya cumplido con el registro ante el Banco de la República (si era obligatorio). Si no se registró bien, la deuda podría ser inexigible judicialmente.
  • Defensa por Usura: Si le están cobrando intereses por encima de los certificados para moneda extranjera, solicitamos la pérdida de todos los intereses acumulados.

Conclusión

Pagar una deuda en dólares en una economía donde el peso fluctúa tanto puede ser una pesadilla financiera. Sin embargo, la ley colombiana ofrece un marco de orden para que el cobro no sea un abuso. En Robin Hood Asociados, somos expertos en traducir vuestra deuda de divisas a una realidad que usted sí pueda pagar, protegiendo su patrimonio de la inestabilidad del mercado cambiario.

Llamado a la Acción (CTA)

💼 ¿Tiene una deuda en dólares o euros que se volvió impagable por la subida de la tasa de cambio? ¡No deje que el dólar lo quiebre! En Robin Hood Asociados negociamos sus obligaciones en moneda extranjera con bases legales sólidas. Visite robinhoodasociados.co y transforme su alcance contractual, recuperando el control de su bolsillo. 📲 Contáctenos hoy y analicemos su deuda en divisas.