Pensión de Invalidez Negada: Estrategia para reclamar su derecho legal

10 de noviembre de 2025 por
Pensión de Invalidez Negada: Estrategia para reclamar su derecho legal
Vivian Namay

La pensión de invalidez es el auxilio económico que el Estado colombiano le otorga cuando, por enfermedad o accidente no laboral, pierde el 50% o más de su capacidad laboral. Este derecho, vital para garantizar su subsistencia, a menudo es negado por las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) o Colpensiones, dejando al afectado en un estado de desprotección y vulnerabilidad.

La Ley 100 de 1993 (Sistema de Seguridad Social) establece sus derechos pensionales, pero la lucha por hacerlos valer es real. En Robin Hood Asociados Colombia, nuestra nueva área de Derecho Pensional es su defensa legal. Le explicamos las causas de la negación de pensión y la ruta para apelar.

Las 2 Razones Clave de la Negación de Pensión

La pensión de invalidez requiere dos requisitos fundamentales. Si le niegan la pensión, es casi seguro que falló en uno de ellos:

  • El Porcentaje de Pérdida de Capacidad Laboral (PCL): El dictamen médico inicial (emitido por la AFP, Colpensiones o la aseguradora) debe certificar que usted tiene una PCL igual o superior al 50%. La razón más común de negación es que el porcentaje dictaminado está por debajo del 50% (por ejemplo, 48% o 49%).
  • La Densidad de Cotizaciones (Semanas): Usted debe haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez (el momento en que su enfermedad se convierte en incapacitante). La negación ocurre cuando el historial laboral no cumple con este número exacto en el periodo requerido.

La Estrategia de Apelación: El Rol de la Junta Médica

Si le niegan la pensión de invalidez por considerar que su PCL es inferior al 50%, usted tiene el derecho legal de apelar el dictamen ante instancias superiores.

  • Paso 1: La Junta Regional de Calificación de Invalidez (JRCI): Esta es la primera instancia de apelación. Usted y su abogado deben solicitar la revisión del dictamen inicial. La junta médica regional revisará su caso, sus exámenes y su historia clínica.
  • Paso 2: La Junta Nacional de Calificación de Invalidez (JNCI): Si la JRCI confirma el dictamen adverso, usted aún puede apelar ante la Junta Nacional. Esta es la última instancia administrativa para la calificación.

¡Ojo! Su asesoría legal es crucial en esta fase, pues es el abogado quien debe argumentar las falencias del dictamen inicial, asegurar que se revise la totalidad de su historia clínica y evitar que los plazos de apelación se venzan.

La Vía Judicial: La Última Defensa Legal

Si agota la vía administrativa (las juntas médicas) y sigue recibiendo la negación de pensión, su caso pasa al Juez Laboral, quien tiene la autoridad para ordenar el reconocimiento y pago de la pensión.

  • Demanda Laboral: Su abogado presentará una demanda contra la AFP, Colpensiones o la aseguradora, solicitando que un perito médico nombrado por el juzgado revise el caso o que el juez reconozca que las semanas cotizadas sí cumplen el requisito de la Ley 100.
  • Tutela (Para Casos Urgentes): En casos extremos, donde el afectado no tiene cómo subsistir y sufre de una enfermedad catastrófica, se puede interponer una Acción de Tutela para exigir el reconocimiento inmediato del derecho fundamental al mínimo vital.

La negación de pensión de invalidez no es el final del camino. Es una batalla legal que requiere conocimientos especializados sobre la Ley 100, el funcionamiento de la junta médica y los plazos de la defensa legal. Sus derechos pensionales son la protección de su vida. No los negocie.

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En Robin Hood Asociados Colombia, somos expertos en defensa legal pensional. Analizamos su dictamen, lo representamos ante la junta médica y luchamos en los estrados judiciales para que su pensión de invalidez sea reconocida. 

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