Usted tomó un crédito con un Banco Colombia, firmó un pagaré, y asumió que solo le debería a esa entidad. Sin embargo, si entra en mora, es muy probable que su obligación sea transferida. Este proceso se llama Endoso de Pagaré o, de forma más coloquial, venta de cartera.
La deuda vendida o endosada a un tercero (como un fondo de inversión o una casa de cobranza) cambia radicalmente la dinámica de cobro y, lo que es más importante, le abre nuevas y poderosas vías de defensa legal para usted como deudor.
En Robin Hood Asociados Colombia, nuestra Defensa Legal Avanzada se especializa en revisar la legalidad del endoso de pagaré para proteger sus derechos de deudor.
El Fundamento Legal: El Pagaré como Título Valor
El pagaré que usted firma es un título valor. Esto significa que no es solo un papel que dice que usted debe, sino que es un documento que circula en el comercio y que puede ser transferido (vendido) de un acreedor a otro mediante una figura llamada endoso.
- ¿Qué es el Endoso de Pagaré? Es la firma que el acreedor original (el banco) pone al reverso del pagaré, transfiriendo todos los derechos de cobro a un tercero (el nuevo acreedor o la casa de cobranza).
Cuando el banco vende su cartera, lo hace a un precio mucho menor al valor real de la deuda (a veces por el 5% o 10% del valor total). El nuevo acreedor asume el riesgo, pero también asume todos los errores o vicios que el título valor pudiera tener.
La Consecuencia Directa: ¿Por Qué la Venta de Cartera le Conviene al Deudor?
La venta de cartera puede parecer intimidante, pero a menudo se convierte en una oportunidad de defensa legal para el deudor:
- Excepción de Pago Parcial o Total: El nuevo acreedor debe demostrar la cadena de endoso de pagaré de forma ininterrumpida y legal. Si hay una falla en la firma o en la formalidad del endoso, su asesoría legal puede argumentar la nulidad del título valor contra el nuevo acreedor.
- Excepción de Usura: Los bancos tienen una protección legal contra la usura, pero los fondos de inversión y las casas de cobranza no siempre gozan de la misma protección. Su abogado puede examinar si el cobro por parte del nuevo acreedor excede la tasa de usura permitida en Ley Colombia.
- Negociación Más Favorable: Como el nuevo acreedor compró su deuda por una fracción de su valor (ej. 10%), a menudo están dispuestos a negociar un acuerdo de pago con una quita de capital mucho más grande que la que le ofrecería el Banco Colombia original.
Su Derecho a Ser Notificado
La Ley Colombia establece que cuando se produce la venta de cartera (endoso), el deudor debe ser notificado.
- El Error Común: Las casas de cobranza suelen iniciar el proceso ejecutivo (demanda) sin haber notificado formalmente al deudor sobre la deuda vendida. Este es un error procesal que su asesoría legal puede usar para presentar la excepción de falta de legitimación en la causa o la nulidad de la notificación.
Defensa Legal Avanzada: Su abogado debe exigir que el nuevo acreedor presente el pagaré original y demuestre que la cadena de endoso de pagaré es perfecta. En muchos casos, los nuevos acreedores solo tienen copias o tienen fallas en el endoso, lo que puede tumbar la demanda.
Que su deuda haya sido vendida a un tercero mediante el endoso de pagaré es una señal de que la batalla legal se pone más interesante. No se deje intimidar por las casas de cobranza. Entender que tienen que probar la legalidad de la venta de cartera y la transferencia de títulos valores es su mayor recurso. La defensa legal correcta convierte este evento en una oportunidad para negociar drásticas quitas de capital o, en el mejor de los casos, anular la demanda.
💼 ¿Recibió una demanda o notificación de cobro de una entidad que no es su banco original?
En Robin Hood Asociados Colombia, somos expertos en revisar la legalidad del endoso de pagaré y la venta de cartera. Protegemos sus derechos de deudor con una defensa legal sólida.
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